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Bono Invierno: ¿Cómo saber si me toca el aporte de $74 mil y cuándo se paga?

El Bono Invierno es otorgado por el Instituto de Previsión Social y para acceder a él no es necesario postular, ya que se entrega automáticamente junto a la pensión del beneficiario.

Salarios en Chile, según Chat GPT.

Dentro de los beneficios que entrega el Estado durante esta época del año se encuentra el Bono Invierno, aporte monetario orientado a quienes pertenecen a la tercera edad.

Esta ayuda estatal gestionada por el Instituto de Previsión Social (IPS) busca apoyar a los adultos mayores otorgándoles un pago único que este año corresponde a $74.767.

Cabe destacar que para recibir el Bono Invierno no se debe postular, ya que se entrega de forma automática a quienes cumplan con ciertos requisitorios.

¿Cuándo se paga el Bono Invierno para adultos mayores?

De acuerdo a lo indicado por el IPS, el pago del Bono Invierno se realiza de forma automática durante el mes de mayo junto a la entrega de su pensión.

Esto quiere decir que no tiene una fecha especifica de pago, pero las y los beneficiarios pueden conocer si son beneficiarios ingresando al sitio de consultas de Chile Atiende con su RUT.

¿Quiénes reciben el Bono Invierno?

Para poder ser beneficiarios de esta ayuda, las y los adultos mayores deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2022.
  • Recibir una pensión inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez vigente para mayores de 75 años (182.167 pesos, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere).

Además de esto, es importante que sean pensionados o pensionadas de alguna de las siguientes instituciones:

  • Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto). Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca). Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena). Mutualidades de empleadores.
  • Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV.
  • Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.

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