Servicios

Nueva Ley de Acoso Laboral: ¿Qué hacer si se es víctima de una de estas 18 conductas en el trabajo?

La también conocida como Ley Karin entrará en vigencia a partir del 1 de agosto del presente año.

Nueva Ley de Acoso Laboral
Nueva Ley de Acoso Laboral. Hay 18 puntos a considerar en esta ley pronta a implementarse en Chile.

La Nueva Ley de Acoso Laboral, también conocida como Ley Karin, entrará en vigencia el próximo jueves 1 de agosto en nuestro país, trayendo consigo una serie de modificaciones al Código de Trabajo que buscan regular de mejor manera la prevención, investigación y sanciones a este tipo de acciones.

Entre sus novedades, esta normativa establece que ya no se necesita recibir hostigamientos y agresiones de manera reiterada para que se declare como delito, puesto que de ser víctima solo una vez ya se podrá hacer la acusación respectiva.

Al mismo tiempo, también hay 18 puntos clave de conductas que se declararán como acoso laboral con esta nueva ley. Estas son:

  • Que un superior restrinja a un subordinado a la posibilidad de hablar.
  • Separar a un trabajador de sus compañeros cambiando su ubicación de trabajo.
  • Prohibir que los trabajadores le hablen a un determinado compañero de labor.
  • Obligar a alguien para que ejecute tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar de manera ofensiva el desempeño de un empleado.
  • Cuestionar de forma injustificada las decisiones de un trabajador.
  • No designarle tareas a un trabajador, así como también determinarle trabajos sin sentido o muy por debajo de lo que pueda rendir.
  • Darle tareas degradantes a un trabajador.
  • Darle tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Negar la comunicación con un trabajador por medio de la mirada y gestos, así como también no comunicarse directamente con este o no dirigirle palabra alguna.
  • Hacer como que un trabajador no existiera.
  • Criticar la vida privada del trabajador.
  • Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
  • Dejar en ridículo al trabajador.
  • Hacer creer que el trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Reírse de las discapacidades de un empleado.
  • Imitar burlescamente a un trabajador.
  • Reírse de la vida privada del empleado.

En caso de sufrir alguno de estos acosos laborales, la persona afectada podrá hacer una denuncia tanto escrita como verbal directamente con la empresa. Del mismo modo, también se podrá hacer conocer el caso directamente con la Inspección del Trabajo.

Tras esto, el lugar de empleo deberá resguardar la seguridad de la víctima, prestando la atención necesaria e incluso separándola del agresor.

Tags

Lo Último

Más de EnlaHora

Recomendados