Familias chilenas que cumplan estos requisitos podrán recibir hasta $21.000 mensuales

Este beneficio se paga por cada carga familiar reconocida y dependerá del ingreso que se perciba.

Asignación Familiar. Este aporte se pagará a quienes reciba hasta $1.300.000 aproximadamente. (Freepik)

Con el objetivo de promover el bienestar en las chilenas y chilenos, el Estado implementa una serie de beneficios, ya sea económicos o servicios adicionales, siendo uno de ellos la Asignación Familiar.

Se trata de un aporte económico que contempla el pago de hasta $21.243 a todos aquellos trabajadores o pensionados que cumplan con los requisitos que exige y acrediten sus cargas familiares, la cuales de poseer una discapacidad, recibirán el doble del monto.

Se concederá siempre y cuando se cumplan todas las condiciones que exige.
Asignación familiar. Se concederá siempre y cuando se cumplan todas las condiciones que exige.

¿Quiénes pueden solicitar la Asignación Familiar?

Este aporte económico está destinado a todos los trabajadores y pensionados que acrediten el cumplimiento de las siguientes condiciones:

  • Ser empleado dependiente del sector público y privado.
  • Ser trabajador independiente afiliado a un régimen previsional desde el 1 de enero de 1974, y cotizar en el sistema de AFP.
  • Ser beneficiario del Subsidio de Cesantía o el de Incapacidad Laboral.
  • Ser pensionado bajo un régimen previsional.
  • Ser pensionado de viudez con hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Poseer menores a su cargo por resolución judicial.
  • Ser empleado con derecho al Fondo de Cesantía Solidario.
  • Ser beneficiario de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Percibir un ingreso menor a $1.363.859 mensuales.

Aquí puedes hacer el reconocimiento de las cargas familiares

Este proceso se puede realizar en diferentes instituciones, por lo cual, quienes deseen acceder a este beneficio deberá acudir a alguno de los siguientes:

  • Instituto de Previsión Social.
  • Instituto de Seguridad Laboral.
  • Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
  • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.
  • Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
  • Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
  • Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744.
  • Administradoras de Fondos de Pensiones.
  • Compañías de Seguros de Vida que paguen rentas vitalicias del D.L. N°3.500, de 1980.
  • Instituciones públicas centralizadas y descentralizadas.