IPS paga bono extraordinario que aumenta las cotizaciones en la AFP: así lo puedes solicitar

Este beneficio es financiado por los ahorros del antiguo sistema de pensiones.

Bono de Reconocimiento. Revisa como puedes solicitar este beneficio. ( MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE)

Cuando se implementó el sistema de AFP, en la década de los 80, todos quienes comenzaban a trabajar debían cotizar en este nuevo régimen, sin embargo, quienes lo hacían en las cajas previsionales tenían la opción voluntaria de cambiarse de sistema.

Bajo este contexto, el Instituto de Previsión Social (IPS) implementó el Bono de Reconocimiento, un beneficio destinado a los empleados que pasaron del antiguo régimen a las AFP y que incrementa el ahorro de sus cotizaciones, y por consiguiente, su jubilación futura.

Incrementa el ahorro y pensión futura.
Beneficio del Estado. Incrementa el ahorro y pensión futura.

¿Cómo solicitar el Bono de Reconocimiento?

El Bono de Reconocimiento es un dinero entregado por el IPS que se suma a los ahorros que el trabajador posea en la AFP a la que cotiza, y se financia a través de fondos del antiguo sistema previsional.

Quienes estén interesados en solicitar este beneficio, puede acudir a su respectiva AFP y seguir estos pasos:

  1. Informar de forma clara que se quiere suscribir una Solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento.
  2. Completar el formulario que incluye datos sobre la identidad de la persona, la fecha de afiliación, la caja previsional a la cual perteneció antes de cambiarse de sistema, los empleadores y los periodos en los que trabajó.
  3. Una vez entregado el formulario se podrá ingresar la solicitud formal.

Desde el día en que se presenta la petición por el Bono de Reconocimiento, la AFP tiene un plazo de 5 días hábiles para contactarse con la antigua caja previsional del o la trabajadora.

Luego de 10 días realizado el trámite, el IPS entrega una respuesta de aprobación o rechazo y, en los siguientes 45 días, emite el beneficio.

¿Quiénes pueden realizar la petición de este beneficio?

Quienes están facultados a realizar este trámite son todos quienes posean a partir de 12 cotizaciones en alguna antigua caja de previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.

Sin embargo, quienes posean al menos una cotización en estos establecimientos entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la afiliación al sistema de AFP también podrán realizar el trámite.