Chile cuenta con múltiples beneficios del Estado para los individuos más vulnerables de acuerdo a la clasificación del Registro Social de Hogares (RSH), en el que hay al menos 17,1 millones de personas inscritas, lo que equivale a un 85% de la población, según los datos de la institución.
Uno de estos bonos es la Asignación Familiar, la que entrega hasta $21.243 mensuales por cada integrante del hogar que cumplan con una serie de requisitos.

¿Qué montos entrega la Asignación Familiar?
Este beneficio entrega distintos montos por cada carga familiar que se tenga inscrita en la entidad correspondiente. El dinero también dependerá de los ingresos del beneficiario, de la siguiente manera:
Ingresos mensuales | Monto Asignación Familiar por carga |
---|---|
Hasta $598.698 | $21.243 |
Entre $598.699 y $874.460 | $13.036 |
Desde $874.461 hasta $1.363.858 | $4.119 |
A partir de $1.363.859 | $0 |
También es importante recalcar que a quienes les corresponda la Asignación Familiar por Invalidez recibirán el doble del monto indicado por cada carga inscrita.
¿Quiénes pueden cobrar la Asignación Familiar y dónde solicitar el beneficio?
Para cobrar la Asignación Familiar, es importante haber registrado las cargas a través del portal habilitado por ChileAtiende para hacer el trámite.
Este beneficio se puede solicitar en cualquiera de las sucursales de la entidad, o bien a través de Previred, si el empleador de la persona que realizará el cobro utiliza ese sistema de pago. En cualquier caso, es necesario cumplir con cualquiera de los siguientes requisitos para recibir el subsidio:
- Trabajadores dependientes del sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974.
- Trabajadores independientes que cotizan en el sistema de AFP y tienen una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Personas beneficiarias del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (monto de dinero que reemplaza la remuneración durante la licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros).
- Pensionados de viudez, y madres de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Personas naturales con niños a cargo por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes reciben Asignación Familiar.
- Personas beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), en cuyo caso solo se puede ser beneficiario respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario.
- También recibirán la Asignación Familiar las instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.