IPS paga bono de $445.000 a adultos mayores: así se puede solicitar

Es importante que las personas cumplan con todos los requisitos para poder acceder al pago de este beneficio.

Bono Bodas de Oro. Conoce los detalles del beneficio que paga el IPS. (En La Hora)

Desde el Instituto de Previsión Social (IPS) se han implementado una serie de aportes monetarios que tienen el objetivo de apoyar a las y los adultos mayores del país, y uno de estos es para aquellos que están celebrando un momento especial en sus vidas.

Se trata del Bono Bodas de Oro, el cual se otorga a quienes conmemoren 50 años de matrimonio, y que les entrega un monto de $445.352, el que se divide en partes iguales entre ambos cónyuges ($222.676), siempre que cumplan con todos los requisitos.

Así puedes acceder a este beneficio.
Bono Bodas de Oro.Así puedes acceder a este beneficio.

¿Cómo postular al Bono Bodas de Oro?

Para poder acceder al pago de este beneficio, las y los adultos mayores tienen que ingresar a la sucursal virtual de ChileAtiende, y seguir estos pasos:

  1. Completa los datos y presiona en “Hacer prueba técnica para iniciar la video atención”.
  2. Acepta utilizar la cámara y el micrófono en la notificación emergente, y presiona en “Prueba”.
  3. Pulsa en “Iniciar video atención”.
  4. Espera hasta que un ejecutivo o una ejecutiva tome contacto, explica que quieres solicitar el Bono Bodas de Oro, y listo.

En caso de no poder completar el trámite de esta forma, también puede realizarse de forma presencial en una de las sucursales de ChileAtiende con las cédulas de identidad de ambos cónyuges.

Estas son las personas que recibirán el beneficio

Las y los adultos mayores que podrán acceder al pago mensual de este beneficio son aquellos que cumplan con todas las condiciones que establece el IPS, las cuales son:

  • No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
  • Pertenezcan al 80% más vulnerable del Registro Social de Hogares.
  • Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acrediten residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.